La Gaceta del Opositor

Año XXVIII · Número 2234
Sábado, 19 de mayo de 2012
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Los jueces decanos instan a realizar un estudio sobre la posibilidad de incorporar tasas judiciales «disuasorias»

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Los jueces decanos españoles han presentado este miércoles las propuestas que han consensuado para la reforma de la Justicia, y entre las medidas para lograr una agilización procesal han destacado la proposición de realizar un estudio de instauración de tasas judiciales «disuasorias» para «evitar abusos» y conseguir que la Justicia no sea utilizada de una manera «innecesaria e inútil», lo cual contribuye a que sea «más lenta e inoperativa».

En el acto de clausura de la vigésimo primera edición de las 'Jornadas nacionales de Jueces decanos' celebradas en Vitoria, el juez decano de la capital alavesa, José Luis Muñoz Corral, ha señalado que «es necesario establecer determinados filtros para que la Justicia, como servicio que se debe prestar con agilidad, no se vea colapsada por determinadas personas que acuden a ella de manera temeraria».

En este sentido, se ha referido al «litigante temerario, aquel que acude a la Justicia aun sabiendo que no tiene razón», y para evitar dichas situaciones ha apuntado la «necesidad» de un estudio «serio, ponderado y meditado» sobre el establecimiento de tasas, «al menos disuasorias», para acceder a la Administración de Justicia.

«Nuestra experiencia nos dice que se plantean actuaciones judiciales absurdas que no deberían llegar a los tribunales. Se presentan demandas, denuncias y querellas que, al de una semana, una vez son incoadas por el órgano judicial, las propias partes litigantes solicitan su archivo por cuestiones que, a veces, son incomprensibles», ha explicado Muñoz Corral.

Por esta razón, ha aludido a que «debe plantearse» la oportunidad de abrir un debate sobre la reintroducción de las tasas judiciales «para acomodar la litigiosidad formal a la real, evitando así las reclamaciones abusivas, reiterativas, innecesarias, banales o carentes de fundamento, y quedando a salvo el derecho a la asistencia jurídica gratuita». Además, ha recordado que la tasa judicial ya existió y que fue suprimida porque al inicio de la democracia «se consideró que impedía acceder a los ciudadanos a la justicia».

El juez decano de Vitoria ha hecho hincapié en que la instalación de la citada tasa no supondría establecer un sistema de copago, sino que «se trata simplemente de tasas pedagógicas o disuasorias que se aplican en situaciones concretas». En relación a la cuantía de la tasa, ha declarado que no corresponde a los jueces establecerla, que lo que piden es un estudio «serio, riguroso y disciplinado».

9,5 MILLONES DE LITIGIOS

Asimismo, el juez decano de Valencia, Pedro Viguer, ha resaltado que «hay un abuso del procedimiento judicial en España», y ha ofrecido un dato «estremecedor: en Francia, con unos 70 millones de habitantes, tienen seis millones de litigios al año, mientras que en España, con aproximadamente 46 millones de habitantes, se producen nueve millones y medio de litigios anualmente, es decir, prácticamente un 30 por ciento más, y eso que Francia casi nos duplica en población».

En esta misma línea, ha señalado que «hay un cierto hipergarantismo en nuestro ordenamiento jurídico a nivel procesal», ya que «muchas cuestiones que llegan a los juzgados tienen escasa relevancia y podían haber tenido una solución fuera del ámbito de los tribunales», para lo cual ha subrayado que «se debería abordar integralmente una revisión del sistema procesal, descargándolo de todo aquello que retrasa la tramitación de los procedimientos».

A este respecto, ha propuesto que, antes de acudir a los juzgados, se contase con informes periciales «que acercaran las posturas de las partes y permitieran evitar el litigio», y ha considerado que una medida «de este tipo» podría evitar «miles de procedimientos en España, donde hay muchísimo dinero paralizado en los juzgados».

En relación a la Ley de Agilización Procesal que se aprobó el pasado mes de septiembre, Viguer la ha calificado de «manifiestamente insuficiente» por dos motivos: porque «fundamentalmente ha beneficiado al Tribunal Supremo y a las Audiencias Provinciales, cuando el problema está sobre todo en los juzgados», y porque las medidas adoptadas, «que son muchas menos de las propuestas efectuadas en su día», se refieren al ámbito civil y al contencioso-administrativo, «y nada se ha hecho en el ámbito laboral ni penal».

Europa Press