Al amparo del artículo 110.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el ámbito de la potestad atribuida al Consejo General del Poder Judicial para el desarrollo del régimen jurídico de los distintos aspectos relacionados con la Carrera Judicial y el estatuto de los jueces y magistrados, ha sido aprobado el nuevo Reglamento de la Carrera Judicial, que deroga el anterior Reglamento 1/1995, de 7 de junio.



